Acta de divorcio por resolución judicial o notarial
Realizar acta de divorcio ordenada por autoridad judicial y anotación marginal en acta de matrimonio.
Dependencia a cargo
Registro civil
Homoclave del trámite
008/HUE/DRC/2025
Quién puede realizar el trámite
Ciudadanía en general
Solicitante
- Personas físicas.
Documento a obtener
Acta de divorcio
Requisitos
- Para divorcio con resolución juducial deberá presentar:
- De los 3 tantos de las copias certificadas que expide la autoridad judicial de la Resolución de divorcio; deberá presentar el oficio original y un tanto al juzgado del registro civil a quien va dirigido.
- CURP de las personas de las que se declaró disuelto el vínculo matrimonial.
- Original y copia para cotejo de identificación oficial vigente con fotografía de quien acuda al juzgado del Registro civil a realizar el trámite.
- Para divorcio con resolución notarial deberá presentar:
- Instrumento Notarial en 2 tantos.
- Toda la documentación se deberá presentar en original y copia para cotejo del juzgado.
Pasos a seguir
- Presentar ante el Juzgado del Registro Civil donde se realizo el matrimonio la resolución de divorcio emitida por la autoridad judicial o notarial.
- Transcribir los datos requeridos por la plataforma y verificación de los mismos.
- Impresión de acta.
- Firmar y entregar el acta de divorcio.
Tiempo de resolución
- 30 días hábiles
Criterios de resolución
- En su caso, los originales de la documentación serán requeridos en el momento de la comparecencia para checar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
- El registro del divorcio deberá realizarse en el Juzgado donde se realizo el Registro de matrimonio
Costo
Por la notación marginal de los actos constitutivos o modificativos del estado civil de las personas en el libro original, por cada una $150.00
Por solicitud de tramite de divorcio administrativo ante los jueces del Registro del Estado Civil de las Personas, que incluye forma oficial valorada $2300.00
Por la copia fiel de matrimonio con la anotacion correspondiente $120.00
Forma de realizar el trámite
- Exclusivamente presencial.
Centro de atención
Palacio Municipal S/N, Huejotzingo; Puebla, CP 74160, planta alta, dirección de registro civil.
Áreas responsables:
- Dirección de registro civil
Fundamento Juridico
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla: Articulos 442, 443, 444, 445, 446, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453, 454, 472 y 835.
Reglamento del Registro Civil de las Pesonas para el Estado de Puebla: Artículo 15 Fracciones I, V, XIV y XV; Artículo 60