Inscripción de acta de defunción proveniente del extranjero

Hacer del conocimiento del estado mexicano el fallecimiento de un connacional, sucedido en el extranjero.

Modalidad

Físicas.

Quien puede realizar el trámite

  1. Familiar directo (mamá, papá, hermano (a), hijo (a) y/o cónyuge): presentar documento por medio del cual se acredite la filiación con el titular (acta de nacimiento).
  2. Abogado: deberá presentar cédula profesional con fotografía (original y copia).
    Para el punto 1 y 2: carta poder simple con firma de quien otorga y acepta el poder, así como de dos testigos, anexando copia de identificación oficial de todos los intervinientes

Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio

Cuando el fallecimiento del connacional tuvo lugar en el extranjero, habiendo o no traslado de restos.

Documento que se obtiene

Acta de defunción mexicana.

Requisitos

  • Certificado o acta de defunción extranjera:de la persona de la cual se realiza la inscripción apostillada o legalizada por el Servicio Exterior Mexicano, para su cotejo y devolución por el Juez del Registro Civil. Traducción al español realizada por perito traductor oficial (en caso de que el documento venga en un idioma diferente al español).
  • Acta de nacimiento o CURP.
  • Identificación oficial con fotografía de quien declara (credencial para votar con fotografía, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar o cédula profesional. En caso de ser menor de edad, presentar constancia de identidad).
  • El acta de nacimiento de la persona finada y la traducción original del acta extranjera se conservarán en el apéndice a resguardo del Juzgado del Registro Civil.

Toda la documentación descrita se deberá presentar en original y copia para cotejo del juzgado.

Costo

Por la inserción de datos de registro de defunción asentada en el extranjero de persona de nacionalidad mexicana, incluye forma oficial valorada $625.00.

Tiempo de respuesta

cinco días hábiles.

Formas de realizar el trámite o servicio

Presencial.