Inscripción de acta de defunción proveniente del extranjero

Hacer del conocimiento del estado Mexicano, el fallecimiento de un connacional, sucedido en el extranjero, inscripción o registro de matrimonio de mexicanos celebrado en el extranjero, con la finalidad de que el mismo tenga efectos jurídicos en México, brindar a las personas nacidas fuera de México de padres mexicanos, la nacionalidad mexicana.

Dependencia a cargo

Registro civil

Homoclave del trámite

006/HUE/DRC/2025

Quién puede realizar el trámite
  1. Familiar directo (mamá, papá, hermano (a), hijo (a) y/o cónyuge): presentar documento por medio del cual se acredite la filiación con el titular (acta de nacimiento).
  2. Abogado: deberá presentar cédula profesional con fotografía (original y copia).
    Para el punto 1 y 2: carta poder simple con firma de quien otorga y acepta el poder, así como de dos testigos, anexando copia de identificación oficial de todos los intervinientes.
Solicitante
  • Personas físicas.
Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio

Cuando el fallecimiento del connacional tuvo lugar en el extranjero, habiendo o no traslado de restos.

Documento a obtener

Acta de defunción mexicana.

Requisitos
  •  Certificado o acta de defunción extranjera: de la persona de la cual se realiza la inscripción apostillada o legalizada por el Servicio Exterior Mexicano, para su cotejo y devolución por el Juez del Registro Civil. Traducción al español realizada por perito traductor oficial (en caso de que el documento venga en un idioma diferente al español)
  • Acta de nacimiento o CURP.
  • Identificación oficial con fotografía de quien declara (credencial para votar con fotografía, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar o cedula profesional. En caso de ser menor de edad, presentar constancia de identidad).
  • El acta de nacimiento de la persona finada y la traducción original del acta extranjera se conservarán en el apéndice a resguardo del Juez de Registro Civil.

Toda la documentación descrita se deberá presentar en original y copia para cotejo del juzgado.

Pasos a seguir
  1.  Presentar los requisitos solicitados en el juzgado correspondiente.
  2. Realizar el pago de derechos.
  3. Se realiza el acta y se validan datos.
  4. Se emite la inscripción del acto.
Tiempo de resolución

5 días hablies

Criterios de resolución
  • Si la transcripción del acta de matrimonio se hace dentro de los tres meses de la llegada a México de los cónyuges, sus efectos civiles serán retroactivos a la fecha en que se celebró el matrimonio, si se hace después, solo producirá los efectos desde el día en que se hizo la inscripción.
Costo

Para inserción de datos de registro de defunción asentada en el extranjero de personas de nacionalidad mexicana, incluye forma oficial valorada $625.00

Forma de realizar el trámite
  • Exclusivamente presencial.
Centro de atención

Palacio Municipal S/N, Huejotzingo; Puebla, CP 74160, planta alta, dirección de registro civil.

Áreas responsables:
  • Dirección de registro civil

Fundamento Juridico

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla: Artículos 313, 828, 836, 847 y 853