Registro de defunción oportuno

Realizar la inscripción del registro de defunción de una persona.

Documento a obtener

Acta de defucion.

 

Requisitos

Se deben proporcionar de manera obligatoria los siguientes datos:

  1. Solicitud de registro de defunción conforme al formato autorizado por la Dirección General.
  2. Certificado de defunción expedido en el formato autorizado por la secretaria de Salud Federal, conforme a la norma oficial mexicana NOM-035-SSA3-2012.
  3. Acta de nacimiento del finado (a).
  4. Identificación oficial vigente de la persona compareciente.
  5. Copia del título de perpetuidad.
  6. En caso de muerte en vía pública o violenta, además de los requisitos mencionados en el artículo anterior se deberá presentar la autorización por escrito del Ministerio Publico para que se realice la inhumación o cremación y, en su caso, autorización expedida por la Autoridad Sanitaria competente cuando así lo requiera la normativa aplicable.
  7. Cuando el registro de defunción se efectué con posterioridad las 48 horas del fallecimiento, además se deberá presentar la autorización expedida por la fiscalía general del Estado de Puebla.
  8. Cuando el registro de defunción se efectué con posteridad a las 48 horas del fallecimiento; sin embargo, ya fuese inhumado o cremado, se podrá efectuar el registro de defunción correspondiente, con la comparencia de una persona familiar en línea recta y/o colateral hasta tercer grado, quien efectuara comparencia ante el Oficial del registro civil, precisando las circunstancias por las que no se efectuó el registro correspondiente en el tiempo antes establecido.
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Pasos a seguir
  1.  Presentarse ante el juez del REGISTRO Civil, el declarante y dos testigos con los requisitos.
  2. El juez captura el acta.
  3. El usuario revisa los datos y valida.
  4. Firmar y recibir el acta de defunción.
Tiempo de resolución
  • 15 a 20 dias hábiles partir de su recepción y el pago de derechos
Criterios de resolución
  • Se verifica que el ciudadano proporcione la documentación completa; los originales de la documentación serán requeridos en el momento de la comparencia. No se procederá al entierro o cremación hasta que transcurran 24 horas del fallecimiento, salvo lo que se ordene por autoridad competente para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Costo

Por el registro de la defunción, incluye forma oficial valorada en $0.000

Forma de realizar el trámite
  • Exclusivamente presencial.
Centro de atención

Palacio Municipal S/N, Huejotzingo; Puebla, CP 74160, planta alta, dirección de registro civil.

Dependencia a cargo

Registro civil

Homoclave del trámite

012/HUE/DRC/2025

Documentación
  • Identificación oficial del finado (INE).
  • Curp del finado.
  • Certificado médico de defunción con fecha de fallecimiento nomayor a 48 horas.
  • Acta de matrimonio del finado en caso de haber estado casado.
Solicitante
  • Cualquier persona que tenga interés en declarar la defunción antes de las 48 horas de acontecida.
Áreas responsables:

Dirección de registro civil

Fundamento legal

Código civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla: Articulos 835, 874, 912, 913, 915, 918 y 919.

Ley General de la Salud: Articulo 348.