Registro de matrimonio
El matrimonio es un contrato civil por el cual las personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones.
Modalidad
Físicas.
Quien puede realizar el trámite
Personas que desean contraer matrimonio.
Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio
Cuando las personas mayores de edad que se presenten ante el Juez del registro del estado Civil de las personas, hayan agotado previamente el trámite de acta de presentación matrimonial, cumplan con los requisitos establecidos por el Código Civil y no se encuentren en alguno de los supuestos de impedimento legal, soliciten de manera voluntaria y sin coacción contraer matrimonio.
Documento que se obtiene
Acta de matrimonio.
Requisitos
- Acta de presentación matrimonial, deberá tramitarse en el mismo juzgado.
- Identificación oficial vigente con fotografía de los pretensos (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar, licencia de conducir, cédula profesional).
- Cuatro testigos con identificación vigente con fotografía.
- CURP de los testigos.
Toda la documentación descrita se deberá presentar en original y copia para cotejo del juzgado.
Costo
- Por el registro y celebración del matrimonio en el juzgado en día y hora hábil, incluye forma oficial valorada $2000.00.
- Por el registro y celebración de matrimonio fuera del juzgado, en día y hora hábil o inhábil, dentro de su circunscripción territorial $4000.00.
Formas de realizar el trámite o servicio
Presencial.
Observaciones:
En caso de celebrar el matrimonio el mismo día que se solicite, deberán presentar todos los documentos de la presentación matrimonial y el pago de derechos por concepto de dispensa de publicaciones.
En caso de solicitar régimen por sociedad conyugal con capitulaciones, es necesario presentar escritura pública.
Los contrayentes deben ser mayores de edad (18 años cumplidos).